Los alquileres después del DNU: qué contratos siguen, cómo deben firmarse los nuevos y quién tiene que pagar si hay daños
Como parte de esta medida, la Ley de Alquileres deja de regir, marcando un cambio significativo en los acuerdos habitacionales.
¿Cómo afectará el acto de alquilar?
Propietarios e inquilinos deberán considerar las implicaciones y ajustes en este nuevo contexto de desregulación casi total.
Importante: los acuerdos existentes bajo la ley que finalizó este fin de semana mantendrán su vigencia hasta su vencimiento.
Los ajustes en la dinámica de alquiler, promovidos por el gobierno libertario empiezan a regir a partir de este momento.
“Antes de firmar, ambas partes deben revisar minuciosamente las condiciones del contrato. Tal vez con un abogado experto en temas inmobiliarios. Es crucial que los términos relacionados con el alquiler, pagos, duración y posibles penalizaciones estén claramente especificados”, recomendó a Infobae Mariana Lucangeli, experta en Real Estate.
Puntos a tener en cuenta
A continuación, se destacan los puntos clave de la recién implementada legislación derivada del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70 de 2023.
Al firmar un contrato de alquiler, es crucial enfocarse en la duración y el monto. Es aconsejable asegurarse los siguiente:
- La duración del contrato y si permite renovación.
- Condiciones de cancelación anticipada.
- Monto inicial del alquiler, condiciones de pago y posibles ajustes.
- Términos, fecha límite y cargos por pagos atrasados.
Estos aspectos son fundamentales para establecer claridad y evitar posibles complicaciones durante el período del contrato.
Plazo de Contratos: Ahora, el plazo de los contratos de alquiler de viviendas es acordado por las partes sin un mínimo legal. Si no se especifica el plazo en el contrato, será de dos años, en lugar de tres como era bajo la normativa derogada.
El plazo de las locaciones con cualquier destino será el que las partes hayan establecido, según el artículo 1198 del Código Civil y Comercial (CCyC).
Diana Sevitz, del Instituto de Capacitación (ICI) de la Cámara Inmobiliaria Argentina, recomendó que “es vital que los inquilinos miren bien que van a firmar, que presten atención si el propietario exige un depósito en dólares o en euros, porque ahora se pueden hacer hasta en criptomonedas”.
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